Miraflores tiene registro saneado, pero Surco está en plena tarea. 

En La Molina el 40% de vecinos no declaró cambios en sus propiedades.

Registro de predios permite mejorar servicios municipales.

Por: Alberto Villar Campos

 

¿Qué tanto conocen los municipios a sus vecinos? Se sabe que cada contribuyente debe entregar anualmente una declaración jurada (o autovalúo) en la que se consignan las características físicas de su predio: el área total del terreno y su área construida, así como las instalaciones, su antigüedad, etc. Aunque este documento permite establecer el monto del Impuesto Predial que se deberá pagar, también ayuda a mejorar los programas municipales, pues los enfoca en cambios que se dan cada tanto y silenciosamente en los distritos.

Martha Málaga, subgerenta de Control Urbano y Catastro de la Municipalidad de Jesús María, explicó que pese a que el último registro de su comuna, que data del 2004, reveló que en el distrito existían 28 mil unidades catastrales (entre viviendas, estacionamientos vehiculares, locales comerciales, depósitos, etc.), a la fecha se han declarado 2.380 nuevos predios. Esto ocurre por el aumento de edificios, sobre todo en avenidas como San Felipe. “Debido a ello, la comuna encontró nuevas necesidades en esta zona: aumentar serenos y replantear el recojo de basura en esta arteria”, añadió.

REGULARIZACIÓN DE PREDIOS
En el 2007, luego de ocho años, la Municipalidad de San Borja decidió actualizar la información de sus predios. Henry Gambetta, jefe de catastro de esta comuna, señaló que se detectaron seis mil unidades nuevas (sobre todo departamentos) que no habían regularizado su situación ante el municipio. Actualmente, con las 51 mil unidades catastrales identificadas, San Borja puede planificar mejor la ejecución del mantenimiento de pistas y veredas, explica el funcionario.

En Miraflores, el registro se encuentra actualizado y ha permitido recaudar en lo que va del año casi 55 millones de soles por Impuesto Predial y arbitrios. Una cifra similar se obtuvo en todo el 2004, pero en ese año no se levantó información de este tipo. Lo valioso es que, gracias a los datos obtenidos, la comuna publicará dentro de poco en su portal web información sobre incidencia delictiva, cifras de áreas verdes y el registro de obras privadas en ejecución en el distrito.

La Municipalidad de Surco se encuentra actualizando el registro. No obstante, Daniel Núñez, gerente de Desarrollo Urbano, estimó que, de los 87 mil contribuyentes que hay en el distrito, al menos 16 mil evaden el pago del Impuesto Predial al no haber regularizado la situación de sus nuevas unidades catastrales.

Frente a esto, el Concejo de La Molina otorgó facilidades para regularizar sus predios a los contribuyentes omisos o que tengan subvaluada su propiedad .

Hoy, el 40% de los 38 mil contribuyentes de la jurisdicción no ha declarado las modificaciones de sus predios, lo que representa 1’367.954 m² de construcciones adicionales. Quienes efectúen la declaración jurada tendrán descuentos de hasta el 100% de los intereses moratorios y la condonación de la multa.

DEMORAS QUE AFECTAN
Aunque más vale tarde que nunca, lo cierto es que la actualización catastral avanza a paso lento en la capital.

En enero último, el Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial informó que ninguna municipalidad había enviado su respectivo catastro, algo que —según indicó entonces Gisell Alviteres, secretaria técnica de este sistema— impide asegurar el correcto desarrollo urbano de la ciudad.

A SU SERVICIO
¿Cuándo y por qué declarar?
1. Los contribuyentes están obligados a presentar declaración jurada de autovalúo anualmente.

2. También deberán declarar cuando se efectúe la transferencia de un predio o este sufra modificaciones en sus características que sobrepasen el valor de 5 UIT.

3. El pago del Impuesto Predial se realiza hasta el último día de febrero de cada año o se puede fraccionar en cuatro cuotas trimestrales.

4. La empresa que construya un edificio deberá gestionar en la municipalidad correspondiente el registro de la declaración jurada de autovalúo.

5. El porcentaje que deberá pagar un contribuyente por un predio cuyo autovalúo fluctúe entre las 15 UIT (S/.53.250) y las 60 UIT (S/.213.000) será del 0,2% anual de este monto.

Fuente: El Comercio, 27 de mayo del 2009.

Ant CHACLACAYO

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